SANTO DOMINGO, RD.- El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) no tiene otra alternativa que cumplir con sus estatutos y escoger sus candidatos por primarias cerradas, luego de la decisión del Tribunal Constitucional que anuló el párrafo III del artículo 45 de la Ley Electoral que daba potestad a las direcciones de los partidos de escoger el método para elegir a sus aspirantes a cargos electivos, afirmó hoy Bautista Rojas Gómez, jefe operativo del equipo del expresidente Leonel Fernández.
Al mismo tiempo lamentó que un sector del PLD en su afán por avasallar no haya escuchado los consejos de Fernández sobre la inconstitucionalidad de elegir candidatos al margen de lo que establecen los estatutos del partido.
“Entiendo que ahora el partido está haciendo lo correcto que es esperar la sentencia del TC íntegra para poder emitir una opinión. Pero en definitiva ya hay una sentencia y ahora el PLD tendrá que agilizar el paso porque los plazos para oficializar sus precandidatos ante la Junta Central Electoral (JCE) se vencen pronto”, dijo.
Agregó que “precisamente lo que dictaminó el Tribunal Constitucional era lo que esgrimía Fernández, que el método de elección de los aspirantes debía escogerse como dice el artículo 43 de los estatutos del PLD que establece que los candidatos del partido para las elecciones nacionales, congresuales y municipales se escogerán mediante primarias internas (padrón interno), y que serán dirigidas por una Comisión Nacional Electoral”.
Rojas Gómez dijo que el PLD tiene que cumplir lo que dice la ley y que la decisión del TC demuestra que no siempre el que tiene mayoría tiene la razón, y ahora toca abocarse cuanto antes al proceso de escogencia de los precandidatos de acuerdo a la autoridad estatutaria de la organización.
“Se demuestra que tener mayoría no es una patente para imponer posiciones. Ahora los actos que hemos hecho basado en el párrafo III del artículo 45 de la Ley 15-19 de Régimen Electoral que establece que los máximos organismos de los partidos escogerán el método para elegir sus candidatos, son nulos”, sostuvo
Al abundar sobre el tema dijo que “se demostró que el Comité Central del partido no actuó de una forma reflexiva, estamos a tiempo de volver al camino de la institucionalidad partidaria”.
En su reunión el 26 de octubre del año pasado el Comité Central del PLD decidió crear una comisión para adecuar los estatutos a las leyes electorales y convocar el congreso del partido, el más alto organismo de dirección integrado por todos los miembros del Comité Central, los presidentes de los comités provinciales, municipales, intermedios, de bloques de comités intermedios, de las circunscripciones electorales y de las seccionales.
Un apunte
Sentencia
El pasado miércoles el TC mediante la sentencia 14-19 declaró inconstitucional el párrafo III del artículo 45 de la Ley Electoral que otorgaba poder a las cúpulas de los partidos para que escogieran el método de votación para elegir sus candidatos. La decisión obliga a cumplir los estatutos.